Pesca Deportiva - Municipio de Tolhuin

2023-02-22 17:00:52 By : Ms. Tina Sun

La Provincia de Tierra del Fuego es un verdadero paraíso para los pescadores, en Tolhuin, durante el inicio de temporada de pesca, a partir del 29 de octubre del 2022 hasta el 1 de mayo del 2023. Se concentran los grandes desafíos de los amantes de la pesca, con magníficos paisajes que rodean un escenario único, donde se encuentran las especies tales como: Truchas Arco Iris, Marrones y Fontinalis entre otras.

Las modalidades de pesca permitidas son: cuchara o spinning y mosca o fly casting, con el uso adecuado de equipos correspondientes para cada caso.

El “trolling” o modalidad de arrastre desde embarcación propulsada está prohibido, al igual que el uso de señuelos artificiales que contengan pilas o baterías, debido a su eventual poder contaminante.

En la ciudad de Tolhuin podes contratar a “Tierra del fuego Fly Fishing” que ofrece una excursión de pesca deportiva en navegación por unos de los lagos más Grande de Sudamérica -“Khami” y/o también conocido como” Fagnano”, como así también podes disfrutar de dicha excursión en el Lago Escondido.

Teléfono: +54 9 2901 642561 E-Mail: tierradelfuegofly@gmail.com Facebook: Tierra del Fuego Fly Fishing Instagram: @tierradelfuegoflyfishing

REGLAMENTO DE PESCA TEMPORADA 2022-2023

El inicio de Temporada comienza a partir del 29 de octubre de 2022 y culminael 1 de mayo de 2023.

Dentro de su reglamentación estipula los siguientes ítems:

Lavandina al 2% (un vaso en 10 litros de agua).

Sal al 5% (500gr. De sal común en 10 litros de agua.)

Se recomienda muy especialmente utilizar equipos nuevos.

A. RÍO CLARO Grande y sus afluentes (Candelaria, Ona, Menendez, Rasmussen, Moneta y Herminita): Solo se permite la pesca con devolución obligatoria de todos los salmónidos. Se habilita la pesca deportiva a partir del día veintinueve (29) de octubre de 2022 y la finalización de la temporada para el día dieciséis (16) de abril de 2023, inclusive. Todos aquellos pescadores que se encuentren registrados en el Sistema de Accesos de Pesca de la Provincia de Tierra del Fuego (saptdf.tierradelfuego.gov.ar) y cuenten con reserva previa, podrán acceder al sector denominado “El Tropezón”, y demás accesos que se encuentren habilitados. B. RÍO EWAN SUR: El inicio de Temporada el día veintinueve (29) de octubre de 2022 y finalización el día uno (1) de mayo de 2023. En el tramo comprendido entre el puente “Justicia” de Ruta Nacional N°3 y la desembocadura, inicia a partir del día uno (1) de enero de 2023. Se establece la devolución obligatoria en todo el curso del río. C. RÍO EWAN NORTE: Sólo se permite la pesca con devolución obligatoria en todo el río. D. RÍO FUEGO: Sólo se permite la pesca con devolución obligatoria en todo el río. E. ARROYO VIDELA (Cuenca Rio FUEGO): Sólo se permite la pesca con devolución obligatoria en todo el río. F. RÍO SAN PABLO: Sólo se permite la pesca con devolución obligatoria en todo el río. G. LAGO YAKUSH: Solo se permite la pesca en la modalidad “Mosca” con devolución obligatoria. Se prohíbe la navegación de embarcaciones propulsadas con motores a explosión para evitar su contaminación y para no perturbar el desarrollo de las poblaciones de peces y la práctica de la pesca deportiva. H. RÍO INDIO: Solo se permite la pesca e la modalidad “Mosca” con devolución obligatoria. I. RÍO CLARO: Para practicar la pesca deportiva es obligatorio estar registrado y contar con reserva previa a través del Sistema de Acceso de Pesca para Residentes de Tierra del Fuego (tierradelfuego.gov.ar), para aquellos lugares hay horarios establecidos por el mismo. J. LAGUNA HANTUK (o SUTHERLAND): Sólo se permite la pesca con devolución obligatoria. K. LAGUNA PALACIOS: Sólo se permite la navegación con motores a explosión para circular por el sector Noroeste de la laguna, entre el Lago Fagnano y el muelle de la asociación de Caza y Pesca Ushuaia. Se prohíbe la navegación a motor en el resto de la laguna, para no perturbar el desarrollo de las poblaciones de peces y la práctica de la pesca deportiva. L. RÍO PALACIOS: Se habilita la pesca a partir del día uno (1) de enero de 2023, con devolución obligatoria, tanto en el río y afluentes como en su desembocadura en el lago Fagnano, dentro del círculo imaginario de doscientos (200) metros de radio desde la desembocadura. M. RÍO MILNA, TUERTO, TURBIO y ARROYO SUBIABRE: Se permite la pesca a partir del día uno (1) de enero de 2023, sólo con devolución obligatoria, tanto en el curso de agua y afluentes como en su desembocadura en el Lago Fagnano, dentro del círculo imaginario de doscientos (200) metros de radio desde la desembocadura. N. LAGUNA NEGRA: Solo se permite la pesca con devolución obligatoria en la Reserva Provincial de Usos Múltiples laguna Negra. De a cuenca Lago Khami. Se encuentra prohibida la navegación a motor. O. RÍO IRIGOYEN: Sólo se permite la pesca con devolución obligatoria de todos los salmónidos. En el tramo lindante con la Estancia María Luisa sólo se permite la pesca con equipo de la modalidad “Mosca”, autorizándose la modalidad “Cuchara” en el resto del río y en un tramo de doscientos (200) antes de la desembocadura en el Océano Atlántico. P. RÍO MALENGUENA: Sólo se permite la pesca con devolución obligatoria de todos los salmónidos y con equipo de la modalidad “Mosca”, autorizándose la modalidad “Cuchara” en un tramo de doscientos (200) metros antes de su desembocadura en el Océano Atlántico. Q. LAGUNA BOMBILLA: A efectos de evitar perturbar el desarrollo de las poblaciones de peces y la práctica de la pesca deportiva, solo se permite la navegación con motor a explosión en el sector Oeste de la laguna, con el fin de acceder al Lago Khami o regresar desde el mismo, a velocidad moderada sin desviar el rumbo, sin detenerse, ni dejarse derivar. Así mismo se prohíbe la práctica de la pesca desde embarcaciones que cuenten con motor a explosión en toda la laguna. R. LAGUNA MARGARITA: Sólo se permite la pesca con devolución obligatoria. A efectos de evitar su contaminación, perturbar el desarrollo de las poblaciones de peces y la práctica de la pesca deportiva, se prohíbe la navegación con motor a explosión. S. LAGUNA VARELA: A efectos de evitar su contaminación, perturbar el desarrollo de las poblaciones de peces y la práctica de la pesca deportiva, se prohíbe la navegación con motor a explosión. T. LAGUNA TRES MARIAS (BAHÍA DEL LAGO KHAMI): Solo se permite la pesca con devolución obligatoria. A efectos de evitar su contaminación, perturbar el desarrollo de las poblaciones de peces y la práctica de la pesca deportiva, se prohíbe la navegación con motor a explosión. U. LAGO CHEPELMUT: Sólo se permite la pesca con devolución obligatoria. A efectos de evitar su contaminación, perturbar el desarrollo de las poblaciones de peces y la práctica de la pesca deportiva, se prohíbe la navegación con motor a explosión. V. RÍO VALDEZ: Sólo se permite la pesca deportiva con devolución obligatoria, desde el puente Ruta Nacional N°3 aguas arriba. W. Se permitirá sacrificar un (1) ejemplar por pescador, en ambientes de las Áreas Naturales Protegidas de la Provincia y/o desembocadura de ríos a designar, mediante disposición expresa por parte de la autoridad de aplicación, para casos particulares como concursos y torneos de pesca.

TARIFAS DE LOS PERMISOS RESIDENTES

TARIFAS DE LOS PERMISOS EXTRANJEROS

TARIFAS DE LOS PERMISOS SEGÚN EL AMBIENTE Y SU CORRESPONDIENTE VALIDEZ.

TARIFAS DE LOS PERMISOS SEGÚN EL AMBIENTE Y SU CORRESPONDIENTE VALIDEZ.

El permiso “SIN CARGO” solo habilita a practicar la modalidad de “Pesca con Devolución” obligatoria.

CANTIDAD DE MÓDULOS POR CAÑA HABILITADA

Circulo Imaginario: Termino para referirse a la extensión de un sector en el que rigen medidas restrictivas específicas para la práctica de la pesca. Tomando de referencia el punto de interés como centro desde el cual se extenderá el círculo imaginario, siendo el radio la medida para delimitar dio sector.

Organismos exóticos peligrosos: El término “organismo exótico” hace referencia a una especie, pasada o presente; incluye cualquier parte, gametas, semillas, huevos o propágulos de dicha especie capaces de sobrevivir y consecuentemente de expandirse.

El término “organismo exótico peligroso”, por su parte, se refiere a toda especie exótica cuya introducción y/o dispersión amenazan la diversidad biológica, Ciertos organismos de este tipo pueden cambiar la estructura, el funcionamiento o la capacidad productiva de los ecosistemas, otras consiguen dominar totalmente el ambiente que invaden, desplazando a las especies nativas y alterando la diversidad natural.

Vadear: Transitar a pie o en cualquier medio de movilidad, en contacto y sobre el lecho o fondo de un curso o cuerpo de agua.